A
medida que avanzaba en el estudio de la historia moderna de la
Patagonia me daba cuenta de que apenas encontraba información sobre unos
protagonistas esenciales de esa historia, la clase obrera, los hombres y
mujeres que construyeron las calles y edificios de Punta Arenas, que
trabajaron la temporada de la esquila, estibadores que descargaban las
mercancías en el muelle, obreros de los frigoríficos,
etc. Por suerte una amiga historiadora me recomendó el libro de Carlos
Vega Delgado “La masacre en la federación obrera de Magallanes”. Se
trata de una concienzuda investigación donde el autor nos narra cómo
llegaron las ideas proletarias a Magallanes, que permitieron la creación
de una clase obrera consciente y organizada, capaz de grandes protestas
que fueron sofocadas a sangre y fuego por los detentadores del poder
político y económico. Una lucha que, en Puerto Natales, “logró tocar,
por un segundo, el cielo con las manos”. El libro se publicó por vez
primera en 1996 aunque yo he consultado la 2ª. edición de 2002, por
Editorial Atelí.
miércoles, 26 de julio de 2017
(el movimiento obrero patagónico-fueguino hasta 1920) LA MASACRE EN LA FEDERACIÓN OBRERA DE MAGALLANES, de Carlos Vega Delgado
Etiquetas:
Carlos Vega Delgado,
Derechos Humanos,
Historia,
La Masacre en la Federación Obrera de Magallanes,
Libros,
Movimiento Obrero,
Patagonia
Ubicación:
Puerto Madryn, Chubut, Argentina
domingo, 9 de julio de 2017
El Síndrome de Alienación Parental (SAP): una forma de maltrato infantil ..
La separación de un matrimonio no es fácil para los afectados, y parece increíble la reacción que pueden tener éstos respecto a la otra parte. El odio que son capaces de sentir el uno por el otro ha llamado la atención de muchos psicólogos, pues las conductas de desprecio, en muchas ocasiones inimaginables, que se pueden ver en esta situación, enmascaran el amor que puede haber sentido en su día la ex pareja.
Pero el problema se agrava cuando hay hijos por medio. Ellos pueden sufrir más que nadie esta situación dolorosa. Especialmente cuando los padres los utilizan para hacer daño al otro. Esto se conoce como Síndrome de Alienación Parental.
¿Qué es el Síndrome de Alienación Parental?
El Síndrome de Alienación Parental (SAP) es un conjunto de síntomas que son consecuencia del uso de diferentes estrategias por parte de un progenitor, en las que ejerce influencia en el pensamiento de los hijos con la intención de destruir la relación con el otro progenitor.
El SAP puede ocurrir cuando el hijo es influenciado por un progenitor (progenitor A) para rechazar al otro progenitor (progenitor B). Por ejemplo, el progenitor A puede decirle al hijo que el progenitor B no quiere visitarle, cuando, en realidad, el progenitor B está trabajando.
En muchas ocasiones, este tipo de influencia negativa, utilizada de manera repetida, provoca que el hijo rechace al otro progenitor.
Es necesario reflexionar sobre el Síndrome de Alienación Parental y el peligro real de los padres que utilizan este tipo de conductas para hacer daño a su ex-pareja, pues el niño es el que realmente sufre las consecuencias negativas de esta situación. Pero también hay que tratar este tema con cuidado, ya que algunos padres, para su defensa legal, pueden acusar al otro miembro de la ex-pareja por utilizar SAP en su contra aunque no sea cierto.
Señales del Síndrome de Alienación Parental
¿Cómo actúan los padres alienadores? Estos son los comportamientos característicos de los padres que llevan a cabo el SAP:
- Menospreciar, insultar o desvalorizar al otro progenitor delante del niño, mencionando temas de la pareja que no tienen que ver con el vínculo parental.
- Contarle a un hijo los detalles del divorcio cuando el ex-cónyuge no está presente, pero como si este último fuese el culpable. El progenitor lo que busca es que el niño piense que el otro progenitor es la víctima y que, de esta manera, no empatice con él.
- No permitir el derecho de convivencia del hijo con el otro progenitor.
- Influir en los niños con mentiras sobre el otro llegando a asustarlos.
- Incluir al entorno familiar y a los amigos en los ataques al otro progenitor.
- Subestimar o ridiculizar los sentimientos de los niños hacia el otro progenitor.
- Gratificar y reforzar los comportamientos despectivos y de rechazo por parte del niño hacia el otro progenitor.
Causas de este fenómeno
¿Por qué un padre puede querer dañar la relación de su hijo con el otro progenitor? Las causas pueden diferir de un padre a otro, puesto que cada caso suele ser distinto. Estas son algunas de ellas:
- Enfado acumulado durante la relación por no haber tratado los problemas de la manera correcta. La falta de control de la ira puede provocar, en estos casos, que los progenitores no sean capaces de separar los problemas de la relación de sus funciones parentales.
- Problemas de autoestima. Lo que provoca dependencia emocional hacia el otro progenitor.
- Falta de habilidades sociales y dificultades en la expresión y comprensión de las emociones. Pueden ser incapaces de sentir empatía hacia el niño y hacia el ex-cónyuge.
- Trastornos de personalidad. Por ejemplo: narcisismo Trastorno Límite de Personalidad.
Prevenir el SAP es la mejor terapia
El Síndrome de Alienación Parental es un fenómeno complejo por el entorno en el que sucede. Es un problema real que pueden experimentar las familias separadas o las familias que están en fase de ruptura, pero también se manifiesta en el ámbito judicial. Hay muchos hombres y mujeres que utilizan a sus hijos como arma contra el otro y les inducen a tener pensamientos negativos sobre el otro progenitor.
La Asociación Americana de Psicología no lo ha reconocido como trastorno y, por eso, no aparece en el DSM-V. Pero el sufrimiento que puede causar en los actores es devastador, porque el daño emocional que acarrea este fenómeno puede afectar chavales para el resto de su vida.
La mejora manera de tratarlo es prevenirlo. Ya que, una vez que ocurre, es necesario atacarlo desde diferentes frentes. Que un niño sufra por la irresponsabilidad de los padres es tremendamente injusto. Por eso, la actitud de los progenitores en torno a su ruptura es crucial para el bienestar de su hijo.
Puesto que el SAP es una forma de maltrato infantil, una vez que ha ocurrido y es diagnosticado, puede tener consecuencias legales. Por ejemplo, el cambio de custodia para que el niño vuelva a establecer vínculos con el progenitor que ha sido víctima de la alienación parental. A veces puede ocurrir que el niño se niegue, y es por eso que el tema debe ser tratado con mucho cuidado. La terapia se hace necesaria para revertir la situación y, en muchas ocasiones, es el propio juez el que puede intervenir.
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Ubicación:
Puerto Madryn, Chubut, Argentina
miércoles, 5 de julio de 2017
Ley X Nº 65, Régimen Laboral del Músico.
Rawson, 01 de Agosto de 2016.
Conclusiones:
Habiéndose realizado reuniones con músicos de distintas zonas de la
provincia, en las localidades de Comodoro Rivadavia, Trelew y Rawson, con la
participación de esta área de Música y Danzas, hemos podido arribar a las
siguientes conclusiones:
Carácter estrictamente laboral de
la Ley X Nº 65, en relación a los músicos.
El espíritu de la Ley es establecer un régimen laboral para el músico en
toda la provincia del Chubut. El planteo se concentra principalmente en las
formas de contratación y condiciones de trabajo, así como las relaciones
legales entre contratistas y músicos, estableciéndose la obligatoriedad de la
celebración de un contrato de trabajo por escrito para la prestación de los
servicios del músico.
Este punto ha sido criticado en todas las reuniones por los propios
artistas, por ser un planteo estrictamente formal, que no se ajusta a la
realidad del contexto social, ni a las necesidades tanto de los músicos como de
los contratistas.
Según los músicos, este punto cerraría más puertas de las que abriría,
en cuanto a los espacios para tocar, que ya son reducidos en nuestra provincia;
ya que los principales lugares donde los músicos se presentan suelen ser bares,
pubs y comercios de esparcimiento que persiguen un claro fin lucrativo, y en
los que ya es muy difícil acceder para poder tocar. Por lo que la celebración
de un contrato formal de trabajo entre las partes puede convertirse en un nuevo
obstáculo.
Se menciona la existencia de una
entidad sindical que regule y proteja la aplicación de los artículos de esta
Ley.
La gran mayoría de los músicos consultados han desconocido la existencia
y representatividad de la entidad sindical mencionada en la Ley. De igual manera
se han pronunciado en contra de la posibilidad que dicha entidad administre una
caja para recepción y distribución de los salarios.
Creación de un Registro de
Músicos Chubutenses, con inscripción obligatoria para el ejercicio de la
profesión y acreditación de la condición de músico ante una mesa examinadora.
Se ha criticado fuertemente la obligatoriedad de registrarse en dicho
Registro y la acreditación de la condición de músico mediante la presentación
de título profesional o ante una mesa examinadora; no así la creación del
registro, que podría ser beneficiosa quitándole su carácter obligatorio.
En materia de cargas sociales y
prestaciones de salud, se prevé la creación de la Libreta del Músico, donde
quedarían registrados los servicios prestados, que deberán superar un límite
mínimo mensual para poder acceder a cobertura médica y asignaciones familiares,
las cuales serían reguladas por la entidad sindical.
En general no hubo oposición a las prestaciones sanitarias y cargas
sociales para los músicos, según ellos sería algo muy bueno, aunque no
desconocieron las dificultades para conseguir el beneficio. En este sentido no
avalaron la incorporación de la Libreta del Músico, donde deban registrar los
servicios mensuales, ya que la actividad musical es fluctuante y depende de
muchos factores; esta dificultad se incrementa con la realidad de la escasez de
espacios para tocar y se conecta con la crítica a la obligatoriedad de la
celebración de contratos, que profundizaría aún más esta realidad.
Como conclusión final podemos decir que esta Ley X Nº 65 no representa
las verdaderas necesidades de los músicos de esta provincia; y cabe mencionar
que en la última reunión, llevada a cabo en Rawson el pasado lunes 25 de Julio,
quedó claramente expresada la voluntad de los convocados de derogarla
Así mismo se ha debatido sobre la posibilidad de adherirse a la Ley
Nacional Nº 26801, que da creación al Instituto Nacional
de la Música, con el objeto de promocionar la actividad artística, alentar la
difusión de música nacional en los medios de comunicación y crear un fondo de
financiamiento.
José Luís Acuña Sebastián
Berra Javier Diaz
Ubicación:
Chubut, Argentina
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